AYUDA A LA TRASHUMANCIA A PIE
El Gobierno de Navarra ofrece ayudas a la trashumancia a pie. Estas ayudas van dirigidas a personas físicas o jurídicas que sean titulares de explotaciones ganaderas radicadas en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra y que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser titular de una explotación ganadera con anterioridad al 1 de enero de 2023 e inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Navarra.
- Cumplir las exigencias sanitarias que determina Ley Foral 11/2000, de Sanidad Animal
Obligaciones:
- Realizar la trashumancia en los términos previstos en la memoria aportada.
- Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones tenidos en cuenta para la concesión de la ayuda, aportando las guías sanitarias de movimiento a pastos e indicando que se trata de conducción a pie.
- Facilitar al personal técnico de la Administración el acceso a la explotación trashumante para comprobar el cumplimiento de los compromisos adquiridos.
- Justificar el recorrido mediante GPS o ubicaciones diarias señaladas en la descripción del itinerario por días que se refleja en el anexo II: Memoria descriptiva de la trashumancia a realizar.
- La persona beneficiaria deberá comunicar por escrito al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en un plazo máximo de 10 días desde que tenga conocimiento del hecho, las variaciones que se produzcan respecto a la descripción del itinerario por días, indicado en la memoria descriptiva de la trashumancia a pie, presentado en la solicitud de ayuda.
Cuantía:
La cuantía de la ayuda que se conceda se determinará en virtud de los datos que se hagan constar en la documentación que se presente conforme a la base reguladora cuarta y consistirá en una prima de:
El Gobierno de Navarra ofrece ayudas a la trashumancia a pie. Estas ayudas van dirigidas a
Personas físicas o jurídicas que sean titulares de explotaciones ganaderas radicadas en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra y que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser titular de una explotación ganadera con anterioridad al 1 de enero de 2023 e inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Navarra.
- Cumplir las exigencias sanitarias que determina Ley Foral 11/2000, de Sanidad Animal
Obligaciones:
- Realizar la trashumancia en los términos previstos en la memoria aportada.
- Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones tenidos en cuenta para la concesión de la ayuda, aportando las guías sanitarias de movimiento a pastos e indicando que se trata de conducción a pie.
- Facilitar al personal técnico de la Administración el acceso a la explotación trashumante para comprobar el cumplimiento de los compromisos adquiridos.
- Justificar el recorrido mediante GPS o ubicaciones diarias señaladas en la descripción del itinerario por días que se refleja en el anexo II: Memoria descriptiva de la trashumancia a realizar.
- La persona beneficiaria deberá comunicar por escrito al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en un plazo máximo de 10 días desde que tenga conocimiento del hecho, las variaciones que se produzcan respecto a la descripción del itinerario por días, indicado en la memoria descriptiva de la trashumancia a pie, presentado en la solicitud de ayuda.
Cuantía:
La cuantía de la ayuda que se conceda se determinará en virtud de los datos que se hagan constar en la documentación que se presente conforme a la base reguladora cuarta y consistirá en una prima de:
- 1,5 euros por oveja reproductora y cabra reproductora para recorridos entre 40 y 80 kilómetros.
- 2,5 euros por oveja reproductora y cabra reproductora para recorridos mayores de 80 kilómetros.
- 6 euros por bovino mayor de 24 meses y equino mayor de 36 meses para recorridos entre 40 y 80 kilómetros.
- 9 euros por bovino mayor de 24 meses y equino mayor de 36 meses para recorridos mayores de 80 kilómetros.
El máximo de recorridos subvencionables por explotación será de 2, trayecto de ida y trayecto de vuelta.
La cuantía máxima de la ayuda será de 5.000 euros por explotación que realiza la trashumancia a pie.
Servicio de Ganadería
Sección de Producción Animal
Negociado de Desarrollo Ganadero
C/ González Tablas nº 9, 2ª planta
31005 Pamplona (Navarra)
Teléfono: 848 423 923 / Fax: 848 423 932
Correo electrónico: produccion.animal@navarra.es